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La Publicidad (Derecho Consumo)

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La publicidad se regula por multitud de disposiciones legales, tanto de ámbito Nacional Ley General de Publicidad como en el ámbito de la Comunidad Europea. Directiva 84/450 CE, así como en numerosas disposiciones legales que regulan la publicidad de determinados temas en concreto, Alimentación, Sanidad etc.

SE ENTIENDE POR PUBLICIDAD Toda forma de comunicación realizada por una persona o empresa pública o privada, en el ejercicio de una actividad comercial, industrial, profesional o artesanal, con el fin de promover de forma directa o indirecta sus bienes, servicios o derechos.

SE ENTIENDE POR PUBLICIDAD ILICITA La publicidad que atenta contra la dignidad de la persona o vulnera valores y derechos reconocidos por la constitución y en especial cuando se refiere a la infancia, la juventud y la mujer.

Se entiende por ilicita la publicidad engañosa, desleal, la publicidad subliminal y toda aquella infrinjan lo dispuesto en las normas que regulan la publicidad de determinados productos, bienes (como los sanitarios y alimentos) actividades o servicios.

SE ENTIENDE POR PUBLICIDAD ENGAÑOSALa publicidad que induce a error a sus destinatarios, pudiendo afectar su comportamiento económico o perjudicar a un competidor.

Es también engañosa la que silencia datos fundamentales de los bienes o actividades o servicios cuando dicho silencio lleve a error a los destinatarios.

Para determinar si una publicidad es engañosa se tendrán en cuenta todos sus elementos y en especial sobre:

1) Origen , procedencia , naturaleza, composición, destino, finalidad, idoneidad, disponibilidad.

2) Calidad, cantidad, categoría especificaciones y denominación

3) Modo y fecha de fabricación suministro o prestación.

4) Resultados que puedan esperarse de su utilización.

5) Resultados y características esenciales de los ensayos o controles de los bienes o servicios.

6) Nocividad o peligrosidad.

7) Precio completo o presupuesto o modo de fijación del mismo.

8) Condiciones jurídicas, económicas de adquisición, utilización y entrega de los bienes o de la prestación de los servicios.

9) Motivo de la oferta.

10) Naturaleza, cualifiación y derechos del anunciante y en particular los referidos a la identidad, patrimonio, calificación profesional, derechos de propiedad industrial o intelectual y premios o distinciones recibida.

11) Servicio postventa.

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06/03/2003 ir arriba

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